Ya puedes hacer la declaración de la Renta por teléfono: cómo pedir cita a la Agencia Tributaria y qué datos debes tener a mano cuando te llamen
Arranca la atención personalizada para confeccionar la declaración de la Renta 2025. La Agencia Tributaria comienza a asistir, desde este miércoles 6 de mayo, a los contribuyentes para la atención telefónica de la declaración de la Renta, más conocida como el plan "Le Llamamos". Para acceder a este servicio, los ciudadanos deben pedir cita previa, que está disponible desde el pasado 29 de abril y hasta el 29 de junio. El arranque de la atención telefónica coincide con el inicio de la huelga de CSIF en la Agencia Tributaria. Junto a este servicio, la Agencia Tributaria activa hoy un plan especial de asistencia para mayores de 65 años en pequeños municipios de menos de 3.000 habitantes, cuyo acceso requerirá igualmente cita previa.
Cómo pedir cita previa
Existen cuatro vías:
- A través de internet, en la sede electrónica, utilizando NIF o NIE junto con Cl@ve, referencia, certificado o DNI electrónico.
- Mediante la app oficial de la Agencia Tributaria.
- Llamando al teléfono automático: 91 535 73 26 o 901 12 12 24.
- A través del teléfono de atención personalizada: 91 553 00 71 o 901 22 33 44, disponible de lunes a viernes entre las 9:00 y las 19:00 horas.
Una vez que el contribuyente pide cita y elige horario de mañana o de tarde, el sistema le propone un día y una hora en la que recibirá la llamada de la Agencia Tributaria. En favor de la propia agilidad del servicio, resulta muy conveniente que el contribuyente tenga disponible la información y documentación necesaria para realizar la declaración cuando le llame la Agencia.
¿Con qué número le llamarán?
Cuando la Agencia Tributaria llame, lo hará exclusivamente a través de este número de teléfono: 913335333. Por ello, se recomienda a los contribuyentes que incorporen este número de teléfono a sus agendas para identificar las llamadas de la Agencia Tributaria. "No atiendas llamadas de otros números de teléfono, llamadas ocultas o mensajes en aplicaciones móviles de mensajería como WhatsApp, Telegram, etc., que se identifiquen como de la Agencia Tributaria en relación con la Campaña de la Renta", ha instado la Administración en una nota reciente.
¿Qué información se recomienda tener a mano?
Para cuando te llame Hacienda, procura tener a mano la siguiente documentación: el número de referencia; el DNI de todos los que figuran en la declaración; el número IBAN de cuenta bancaria; y las referencias catastrales de todos los inmuebles de tu propiedad o en los que viva de alquiler o en otras circunstancias, que encontrarás en el recibo del IBI. Además, necesitarás toda la documentación que te pidan si tienes algún inmueble alquilado, has obtenido alguna ganancia de patrimonio, así como los justificantes si tienes derecho a aplicar cualquier deducción o beneficio fiscal.
¿Quién puede acceder al plan "Le Llamamos?
La atención telefónica y presencial de la Agencia Tributaria para hacer la Renta no está disponible para todos los contribuyentes. Estos son los perfiles que sí pueden acceder a este servicio. En concreto, podrán acceder a este servicio quienes hayan obtenido rendimientos del trabajo de hasta 80.000 euros anuales; rendimientos del capital mobiliario con un máximo de 20.000 euros al año; y rendimientos del capital inmobiliario, siempre que no superen dos inmuebles alquilados o dos contratos de arrendamiento. También podrán solicitar asistencia quienes tributen por rendimientos de actividades empresariales en estimación objetiva (módulos), incluidas las subvenciones vinculadas a estas actividades.
En el ámbito de las ganancias patrimoniales, se incluyen aquellas sujetas a retención o ingreso a cuenta —como derechos de suscripción, fondos de inversión (salvo en los supuestos previstos en el artículo 97.2 del Reglamento del IRPF) y premios—, así como las derivadas de transmisiones patrimoniales, incluida la venta de la vivienda habitual, con el límite de dos transmisiones. Asimismo, podrán acogerse a este servicio quienes perciban la renta básica de emancipación, determinadas subvenciones no vinculadas a actividades económicas, así como otras ganancias y pérdidas patrimoniales que no procedan de transmisiones.
La asistencia también estará disponible para contribuyentes con imputación de rentas inmobiliarias y para quienes perciban cualquiera de las rentas anteriores a través del régimen de atribución de rentas, siempre dentro de los límites establecidos según la naturaleza de cada rendimiento.
En la última campaña, el plan "Le Llamamos" permitió tramitar más de 1,18 millones de declaraciones, consolidándose como el principal canal de asistencia personalizada frente a la atención presencial. Por su parte, la atención presencial en oficinas comenzará el 1 de junio, con solicitud de cita disponible desde el 29 de mayo. La campaña. La campaña arrancó el pasado 8 de abril con la posibilidad de presentar la declaración por internet y terminará el próximo 30 de junio.
