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Июнь
2025

¿Qué es la Ley Silla? Trabajadores podrán tomar un descanso durante jornada laboral y su patrón no podrá evitarlo

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En septiembre de 2024, gremios y organizaciones de trabajadores presentaron la iniciativa de la Ley Silla ante el Congreso de la Unión en México. La Cámara Baja como la Alta analizaron el proyecto y fue sometida a debate y revisión por el Parlamento.

Tras largas jornadas de discusión, concluyeron que la ley busca proteger la salud y los derechos de los trabajadores que laboran diariamente de pie sin minutos de descanso. Por ello, el 4 de diciembre, el Senado aprobó el dictamen y 19 de ese mismo mes se publicó en el Diario Oficial de la Federación.

La Ley Silla busca prevenir afectaciones a la salud por permanecer prolongadas horas de pie, ahora, los patrones deberán proporcionar asientos con respaldo a sus trabajadores y un descanso durante la jornada de trabajo.

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Ley Silla prohibirá que trabajadores permanezcan de pie durante toda la jornada laboral

La Ley Silla prohíbe que los patrones obliguen a los trabajadores a estar de pie durante toda la jornada laboral y dispone que empleadores deberán ofrecer asientos con respaldar a empleados, en otra área, para que puedan tomar un descanso.

Esta disposición del gobierno se aplicará principalmente en los sectores de comercio, servicios, atención al cliente, salud, vigilancia y otros trabajos que implique permanecer largos periodos de pie.

La Ley Silla entró en vigencia desde este 17 de junio con el propósito de cuidar la salud durante el horario laboral. Los empleadores que no cumplan con decreto serán sancionados y hasta clausurados.

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Patrones que no cumplan con la Ley Silla recibirán multas de hasta 280 mil pesos

La Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) tendrá un plazo de 20 días para emitir criterios técnicos adicionales sobre los factores de riesgo postural. Estas modificaciones complementarán la reforma para que empresas puedan cumplir con los nuevos requerimientos.

En tanto, los patrones que no cumplan con la Ley Silla enfrentarán multas de entre 28 mil hasta más de 280 mil pesos, equivalentes a la Unidad de Medida y Actualización (UMA). Las multas dependerán de la gravedad y reincidencia de la falta. Asimismo, en casos extremos se podrá imponer una suspensión temporal de operaciones.

Las empresas que no cumplan con las disposiciones, los trabajadores, podrán presentar una queja en la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (PROFEDET) o una denuncia en la Secretaría del Trabajo y Previsión Social.















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