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Август
2025

Ni Real ID, ni pasaporte, ni visa: este documento clave permite que los extranjeros ingresen legalmente a EEUU

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La “visa láser” o Tarjeta de Cruce Fronterizo (BCC) ha ganado popularidad entre los ciudadanos mexicanos debido a los cambios en la política migratoria impulsados por la administración de Donald Trump. Este documento permite ingresar a Estados Unidos por un máximo de 30 días y es considerado una de las formas más prácticas para cruzar la frontera.

La BCC, conocida formalmente como formulario DSP-150, funciona tanto como visa B1/B2 de visitante como tarjeta de cruce fronterizo. Su uso está extendido entre quienes viven cerca de la frontera y viajan con frecuencia por motivos de compras, visitas o turismo. Si se presenta junto con un pasaporte vigente, también puede utilizarse para ir en avión.

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¿Para qué sirve la tarjeta de cruce fronterizo (BCC) o visa láser?

Es un documento similar a una tarjeta de crédito, con gráficos y tecnología de seguridad, que normalmente tiene una vigencia de 10 años. Sin embargo, solo puede ser emitido a ciudadanos y residentes de México que cumplan con los requisitos de las visas B1 o B2, demuestren lazos sólidos con el país y no planeen quedarse más de seis meses en territorio estadounidense.

Quienes usen la BCC para viajar más allá de la zona fronteriza o permanecer más de 30 días deben obtener una Forma I-94 y completar el registro biométrico US-VISIT, salvo que estén inscritos en programas como SENTRI o FAST, o pertenezcan a grupos exentos como menores de 14 años y mayores de 79.

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Requisitos para mexicanos: ¿cómo obtener la BCC?

  • Pasaporte válido con al menos seis meses de vigencia tras la fecha de salida prevista de EE. UU.
  • Formulario DS-160 completado en línea y hoja de confirmación impresa.
  • Pago de tarifa MRV, de actualmente US$185 (menores de 15 años pagan US$15).
  • Citas en CAS y consulado para toma de huellas, foto y entrevista.
  • Documentos de respaldo como itinerario, carta de invitación, pruebas de empleo o estudios, estados de cuenta y comprobantes de ingresos.
  • Evidencia de vínculos fuertes con México (empleo, familia, propiedades, responsabilidades económicas) que garanticen el retorno.














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