Derecho al descanso compensatorio: el Tribunal Supremo confirma una normativa que beneficia a millones de trabajadores
El derecho al descanso está al alcance de cualquier trabajador. El Estatuto de los Trabajadores se encarga de regular la relación laboral de las empresas con sus empleados, y una de sus normativas tiene que ver con el tiempo que tienen los ciudadanos fuera de su horario laboral.
Tal y como se recoge en la normativa, las personas trabajadoras deben tener un día y medio de descanso a la semana como mínimo, aunque en muchas empresas suele ser de más días. Sin embargo, puede ocurrir que dichos días de descanso coincidan con alguna jornada festiva, algo que, en un principio, implica perder una libranza al solaparse los dos periodos de inactividad.
Pero no es así. Y es que el Tribunal Supremo ha dictaminado recientemente que los festivos no se pueden perder por coincidir con los días de descanso del trabajador. Una medida que beneficia a millones de trabajadores gracias a la resolución final.
Días de descanso compensatorios
Recientemente, el Tribunal Supremo, en una sentencia del 9 de julio, ha establecido que los días de descanso semanales no pueden solaparse con los 14 festivos anuales establecidos sin que la empresa compense a los trabajadores.
Según detalla el fallo, cuando dicha libranza coincida con un festivo laboral, la empresa no lo podrá contabilizar como día disfrutado. Esto implica que los trabajadores afectados podrán optar a una libranza compensatoria cuando el calendario del trabajador coincida, obligando a las empresas a ofrecer estos días libres.
De esta forma, cuando el día de descanso semanal coincida con uno de los 14 festivos anuales, la empresa estará obligada a compensar al trabajador, ya sea con un descanso equivalente en otro día o mediante una compensación económica, conforme a lo establecido en el convenio colectivo aplicable.
Este fallo llega a partir de un caso que involucra a una empresa textil donde existen empleados con jornada establecida de lunes a domingo y un día de descanso fijo entre semana, es decir, a disfrutar de lunes a viernes.
Tras la resolución, el alto tribunal refuerza los derechos de los empleados, destacando la importancia de garantizar tanto el descanso semanal como los festivos laborales, permitiendo una mayor desconexión del trabajo.
Sanciones por incumplimiento
El incumplimiento de esta obligación podría ser considerado una infracción grave según la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social, con multas que oscilan entre 751 y 7.500 euros, dependiendo de la gravedad y el número de trabajadores afectados.
Asimismo, la Inspección de Trabajo y Seguridad Social será la encargada de vigilar y asegurarse de que todas las empresas cumplan con esta obligación y, en caso negativo, sancionar los incumplimientos.
¿Qué establece el Estatuto de los Trabajadores?
En este sentido, el propio Estatuto de los Trabajadores refleja la normativa respecto al descanso semanal, las fiestas y los permisos. En su artículo 37, la normativa establece que los trabajadores tendrán derecho a un descanso mínimo semanal, acumulable por periodos de hasta catorce días, de día y medio ininterrumpido que, como regla general, comprenderá la tarde del sábado o, en su caso, la mañana del lunes y el día completo del domingo.
En el caso de los menores de 18 años, la duración del descanso semanal será, como mínimo, de dos días ininterrumpidos.
