¿Has terminado de pagar tu hipoteca? Este es el trámite obligatorio que debes hacer para que no pongas en riesgo la herencia de tus hijos
Convertirse en propietario es el sueño de muchas personas en nuestro país y, para poder cumplirlo, contar con una hipoteca se vuelve casi imprescindible, ya que les permite disponer de una "importante cantidad de dinero" para financiar esta operación, detalla el Banco de España (BdE).
Las entidades financieras suelen conceder, por norma general, hasta un 80% del precio de una vivienda, por lo que los compradores deberán aportar el 20% restante como entrada. Este préstamo hipotecario deberá devolverse pagando las cuotas mes a mes durante un tiempo prolongado que se conoce como el plazo de amortización. El plazo medio del mercado es de 25 años, sin embargo, algunas entidades ofrecen hipotecas que alcanzan los 30 o incluso 40 años.
Aunque este producto bancario acompaña a los propietarios durante gran parte de su vida, llega un momento en el que la deuda con la entidad bancaria quedará saldada. Es justo en ese instante cuando, tras terminar de abonar este préstamo, será necesario llevar a cabo un último trámite.
Desde la notaría Arias Peña Serrano Notarios explican que es fundamental realizar la cancelación registral en el Registro de la Propiedad para que la vivienda figure oficialmente como "libre de cargas".
¿Cómo se puede realizar la cancelación registral?
El proceso comienza solicitando al banco un certificado de deuda cero, el documento que acredita que el préstamo ha sido amortizado por completo. Con este certificado, el DNI en vigor y la nota simple de la escritura, el siguiente paso es acudir a un notario para formalizar la escritura de cancelación de hipoteca. Desde Arias Peña Serrano Notarios recuerdan la importancia de pedir a la entidad financiera que envíe un apoderado a la notaría para firmar la escritura, un trámite imprescindible para poder continuar con el procedimiento.
Tras la firma, es necesario presentar una copia del Impuesto de Actos Jurídicos Documentados (IAJD), exento de pago en este caso, y proceder a inscribir la cancelación en el Registro de la Propiedad. Conviene tener en cuenta que todos los gastos notariales y registrales derivados de este proceso corresponden al propietario de la vivienda, no al banco.
¿Qué ocurre si no se hace la cancelación registral de la hipoteca?
No realizar la cancelación registral de la hipoteca "puede afectar al valor de mercado aparente que tiene el inmueble y a que este sea menos atractivo a la hora de encontrar potenciales compradores, quienes requerirán, además, que, a la firma de la compra, la propiedad esté libre de cargas", explican desde Legálitas. Además, en el caso de que el propietario del inmueble fallezca, esto supondrá un mayor número de gestiones por parte de sus herederos para poder cancelarla.
