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A 185 km/h con una furgoneta en la AP-9: la Guardia Civil lo investiga

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Los hechos ocurrieron la madrugada del 21 de noviembre de 2025, en un tramo de la autopista AP‑9 a su paso por la provincia de A Coruña. Según ha informado el Grupo de Investigación y Análisis de Tráfico (GIAT), dependiente del Sector de Tráfico de la Guardia Civil de Galicia, el radar láser captó una furgoneta a 185 km/h.

La normativa vigente (artículo 48 del Reglamento General de Circulación) establece que las furgonetas tienen un límite máximo de 90 km/h en autopistas y autovías. Circular al doble de esta velocidad no es una simple infracción administrativa: constituye un delito penal regulado por el artículo 379 del Código Penal.

Investigado por un delito contra la seguridad vial

Vehículo Límite legal     Velocidad detectada    Tipo de infracción    Artículo
Furgoneta    90 km/h 185 km/h Delito penal Art. 379.1 CP

Según ha confirmado el GIAT, el conductor ha sido identificado e investigado como presunto autor de un delito contra la seguridad vial. La infracción fue captada durante un operativo nocturno de radar láser, en una jornada marcada por la lluvia y la visibilidad reducida. Los agentes decidieron no interceptarlo al instante por razones de seguridad, dejando la identificación al análisis posterior.

¿Qué sanción puede conllevar?

  • Prisión de 3 a 6 meses o multa de 6 a 12 meses o trabajos comunitarios de 31 a 90 días
  • Retirada del permiso de conducir entre 1 y 4 años
  • Aplicación automática si se supera en 60 km/h el límite para vehículos no autorizados

Lo grave del asunto no es solo la velocidad (que ya supera el umbral de lo punible), sino también la categoría del vehículo. Las furgonetas, al tener mayor masa, volumen y peor aerodinámica que un turismo, suponen un riesgo mucho más elevado al circular a velocidades que sobrepasan su diseño estructural y su distancia de frenado.

Velocidad y siniestros: cifras que preocupan

  • Según la DGT, en 2022 el exceso de velocidad estuvo presente en el 22% de los siniestros mortales.
  • En autopistas, los vehículos industriales implicados en accidentes por velocidad tienen un índice de letalidad un 40% superior al de turismos.
  • La distancia de frenado de una furgoneta a 180 km/h puede superar los 200 metros en condiciones mojadas.

El GIAT sigue recopilando pruebas, y las diligencias se encuentran ya en conocimiento del juzgado de instrucción competente en A Coruña. Según fuentes consultadas, el conductor no tenía antecedentes, pero eso no lo exime de enfrentarse a una condena penal si se prueba la autoría y se valora la temeridad.

Mientras tanto, la DGT recuerda que la velocidad máxima no es una recomendación: es un límite legal, especialmente para vehículos como furgonetas, que por su peso y características deben cumplir normas más estrictas.















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