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Prohibición del MTC a dos personas en moto: ¿cómo se fiscalizará a ocupantes en las calles?

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El Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC) pondrá en marcha, desde el martes 20 de enero, una nueva restricción para la circulación de motocicletas en zonas declaradas en estado de emergencia, como Lima Metropolitana y el Callao. La medida prohíbe trasladarse con un acompañante cuando así lo disponga la autoridad, y busca reforzar el control del orden interno.

La Policía Nacional del Perú (PNP), en coordinación con el MTC y las municipalidades, está encargada de fiscalizar y notificar estas infracciones, las cuales pueden registrarse de manera física o electrónica a través de sistemas autorizados. Las infracciones detectadas son incorporadas al registro correspondiente, lo que puede derivar en multas económicas, puntos en contra en la licencia de conducir o incluso la suspensión del derecho a conducir, según la gravedad de la falta.

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¿A cuánto ascienden las multas?

La norma establece que la primera falta por circular con dos personas a bordo será sancionada con una multa de S/660, equivalente al 12 % de la UIT vigente en 2026, además de la acumulación de 50 puntos en la licencia. En caso de reincidencia, la sanción se eleva a S/1.320, con 60 puntos adicionales y sin opción a descuentos por pronto pago.

El MTC precisó que solo en la primera infracción se aplicarán beneficios de reducción de la multa: un descuento del 17 % si el pago se realiza dentro de los primeros cinco días hábiles posteriores a la notificación, o del 33 % si se cancela entre el sexto día y antes de la resolución sancionadora. Estos incentivos quedan anulados cuando existe reincidencia.

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Además, el decreto endurece las sanciones para quienes bloqueen o interrumpan el tránsito durante situaciones de emergencia. Esta conducta será castigada con una multa de 1,5 UIT, equivalente a S/8.250 en 2026, la remoción inmediata del vehículo y la acumulación de 50 puntos en la licencia, sin posibilidad de descuento. La disposición también incorpora la responsabilidad solidaria del propietario del vehículo o de la empresa de transporte, quienes podrán ser sancionados si la motocicleta infractora figura a su nombre.

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