La acción popular del «caso Koldo», dividida ante la posible desunificación de cara al juicio
Todavía sin fecha, el primer juicio del «caso Koldo» –con José Luis Ábalos, Koldo García y Víctor de Aldama en el banquillo– se enfrenta a otro posible contratiempo. La petición de dos acusaciones populares –Vox y la Asociación Liberum– de desunificar a la acción popular, desde diciembre de 2024 bajo el paraguas procesal del PP, sitúa al Tribunal Supremo (TS) ante la tesitura de valorar si esa actuación autónoma de la acción popular puede complicar la fijación de la fecha de la vista oral o demorarla al multiplicar el número de abogados en estrados.
De dar el visto bueno a esa petición –que no han respaldado las otras seis acusaciones populares–, avalando que cada una de ellas actúe por separado en el juicio del «caso mascarillas», en lugar de actuar el abogado del PP en representación del resto (como ha hecho en el último año en los interrogatorios a los investigados y en las comparecencias de testigos en el alto tribunal) cada acusación estaría representada en estrados por su propio letrado.
Y ese es el dilema del Supremo: garantizar el derecho a la tutela judicial efectiva de las distintas acusaciones populares –además de las tres citadas, Iustitia Europa, Hazte Oír, Manos Limpias, Ciudadanos y Adade– sin comprometer el derecho a un proceso sin dilaciones indebidas.
El calendario del abogado de Ábalos
De momento, a la Sala ha llegado ya el calendario procesal del nuevo abogado de Ábalos, Marino Turiel, que complica un posible juicio en febrero o marzo por los señalamientos procesales previos del letrado (que además necesita de un tiempo prudencial para instruirse de la causa). A ese tetris procesal se le añadiría, en caso de prosperar la pretensión de Vox y Liberum, la necesidad de cuadrar también las agendas de los otros siete letrados que integran la acusación popular.
Pero más allá de esto, la presencia de más partes indudablemente podría acarrear dilaciones en la celebración del juicio.
De ahí que esa petición no haya concitado el apoyo mayoritario de la acción popular –el partido de Santiago Abascal y la Asociación Liberum, que fue quien abrió el fuego en este sentido, se han quedado solos–. Fuentes de una de las acusaciones populares que no
Fuentes de la acción popular disconformes con la iniciativa señalan a LA RAZÓN que «no hay necesidad de separarnos, porque el PP lo está haciendo bien». «La desunificación de la acción popular resulta inviable por el número de partes que resultaría de esa división, lo que complicaría cuadrar las agendas para fijar la fecha del juicio», apunta. Además, añaden, «se demorarían los interrogatorios en el juicio».
Tanto la representación de Vox como la de Liberum –que ejercen respectivamente Marta Castro y Alexis Aneas e Inmaculada Jaén– invocan en su petición la decisión de la Audiencia de Badajoz de acceder a separar a las acusaciones populares (durante la instrucción agrupadas bajo la representación de Manos Limpias) de cara al juicio. Y, también, invocan lo sucedido en la causa contra el fiscal general del Estado, cuando el magistrado del Tribunal Supremo Ángel Hurtado sí permitió que las acusaciones populares actuaran de forma autónoma.
Lo que dice el TC
La propia jurisprudencia del Tribunal Constitucional (TC) dispone a este respecto que no puede mermarse el derecho de defensa en beneficio de la economía procesal si se obliga a las acusaciones populares a actuar conjuntamente cuando existe «incompatibilidad» entre ellas y no comparten «una convergencia suficiente de intereses» en la orientación de su actuación procesal.
Precisamente en estos dos últimos puntos inciden Vox y Liberum. Para esta última asociación, en la actualidad las acusaciones albergan «intereses y estrategias diferentes», por lo que el Supremo debe autorizar su desunificación para garantizar la «igualdad de armas» y no perjudicar «irremediablemente» a la acción popular.
Vox va más allá y se queja de que el PP tiene ahora «la exclusividad decisoria de la estrategia y de la acción procesal», lo que limita su capacidad de actuación en el procedimiento. Y apunta que el tribunal tiene en su mano las «herramientas» para evitar demoras.
