Ladridos, música o herramientas: Minvu presenta guía sobre ruidos molestos en condominios
Poner música o la televisión a volumen alto, el mover muebles, incluso los ladridos o maullidos persistentes y las alarmas que suenan de manera prolongada, pueden considerarse ruidos molestos en condominios. Sin embargo, varía según cada reglamento de copropiedad y la ordenanza municipal de cada comuna, algo que no necesariamente tiene claro el total del 30% de las personas que viven en este tipo de propiedades.
Por eso, el Ministerio de Vivienda y Urbanismo, junto al Ministerio de Medio Ambiente, construyeron la guía para La Identificación y Manejo de Ruidos Molestos en Condominios, que entrega recomendaciones, consejos prácticos, instancias de denuncia y un indicador de ruido. Busca, en concreto, propiciar la buena convivencia entre vecinos y vecinas que habitan en copropiedades.
Dentro del documento se encuentran normas, recomendaciones, definiciones y orientaciones. En primera instancia, la guía releva los artículos de la nueva Ley de Copropiedad que se vinculan al manejo de ruidos molestos. Está la definición de la asamblea de copropietarios, que es el órgano que define reglas y uso adecuado de espacios comunes y de convivencia. Luego se contemplan las obligaciones de los copropietarios, que incluye el ser parte del registro de copropietarios y asistir a las sesiones de asamblea. Y finalmente, se consigna el artículo que aborda específicamente el respetar el Reglamento de Copropiedad y no “ejecutar acto alguno que perturbe la tranquilidad de los copropietarios (…) ni provocar ruidos”.
Gobierno presenta guía para la identificación y manejo de ruidos molestos en condominios. Foto: Ministerio de Vivienda y Urbanismo.
El ministro de Vivienda y Urbanismo, Carlos Montes, enfatizó sobre todo, en que las personas estén al tanto de las normas. “Es tremendamente importante que la gente conozca las reglas, ya sean legales o del reglamento de copropiedad que tiene, porque hay personas que no saben que cuando se vive en condominio, uno tiene que asumir que vive en una comunidad y no solo se preocupa de sí mismo, como podría ser en una casa, sino que también de lo que ocurre con el resto de los vecinos”, dijo.
La guía recomienda que las comunidades, a través de las asambleas de copropiedad, establezcan horarios diferenciados de restricciones para el ruido, como una franja libre de 09:00 a las 22:00 y una prohibición especial durante la noche para “actividades que puedan incomodar a los vecinos y vecinas”. Menciona también las multas como un instrumento para normar la infracción de estas normas, que deben aprobadas por la asamblea y puedenl llegar a ser cobros en Unidades Tributarias Mensuales (UTM).
Es fundamental, según indica el gobierno, informar a conserjería o la administración cada vez que ocurra una situación calificada como ruido molesto. Además, si se vuelve repetitivo, dejar constancia a través del “libro de novedades”, que cada consejería debe tener por obligación. La otra opción es realizar una denuncia formal por correo oficial del comité o administrador. La guía es clara en señalar que “no son válidos los canales informativos como, por ejemplo, los grupos de Whatsapp. Si la situación sobrepasa las capacidades internas de control, será el momento de interponer la denuncia en el juzgado de policía local”.
Ministro de Vivienda y Urbanismo, Carlos Montes. Foto: Jonnathan Oyarzun/Aton Chile.
Estas orientaciones incluyen un indicador de niveles ruido y recomiendan utilizar aplicaciones, ya sea de Android o de iOS para medir decibeles, coniderando que “hay casos en que se realizan actividades dentro del horario, pero estas, sobrepasan los límites máximos permisibles de presión sonora, es decir: los niveles de ruido permitido”.
Las autoridades destacan, además, que un “nudo frecuente” que se ha identificado es que cuando las personas no se preocupan por sus mascotas, preocupan situaciones frecuentes de ruidos molestos. “Para esto, se recomienda mantener una tenencia responsable. La soledad, el calor o malas condiciones de habitabilidad de una mascota podrían alterar el comportamiento de la mascota. Todo esto, repercute en ladridos o maullidos permanentes que afectan la tranquilidad de otros”, señala la guía.
Sobre lo anterior, la secretaria ejecutiva de Condominios, Doris González, explicó que “la Ley de Copropiedad Inmobiliaria dice que no se puede prohibir la tenencia al interior de las unidades (…) sin embargo, la Ley de Tenencia Responsable obliga a que los dueños de ese animal de compañía o mascota sean responsables de su cuidado”, explicó.
Recomendaciones. Fuente: Guía para La Identificación y Manejo de Ruidos Molestos en Condominios.
“Ese animalito no puede quedar todo el día en la casa llorando, no lo pueden dejar en un balcón al sol, además con las grandes temperaturas que estamos teniendo, por ejemplo, en la región Metropolitana. Si lo dejamos sin agua, eso también es maltrato”, señaló.
Finalmente, sobre este punto, González agregó: “No podemos simplemente tener una mascota y decir, ‘bueno, voy a trabajar todo el día y no me preocupo por lo que sucede con el animalito y que sea lo que Dios quiera’. No. Acá existen leyes que tienen que ser respetadas y cada uno de nosotros tenemos responsabilidades que ejercer en ese sentido, como también las tenemos que ejercer al interior del condominio”.
Buenas prácticas
Sobre buenas prácticas para evitar ruidos molestos, la guía recomienda, por ejemplo “antes de subir el volumen de sus equipos, piense si es necesario o si puede ser molesto para su vecino cercano” o “en el caso de herramientas como taladros, sierras o martillos, úselos en horarios en los que no perturbe la tranquilidad de sus vecinos”. En el caso de vehículos o motocicletas, el documento llama a “no tocar la bocina en el estacionamiento o en el portón de entrada, a menos de que sea una emergencia. Se recomienda prohibir su uso e incorporarlo en el reglamento de cada copropiedad”.
Recomendaciones para evitar ruidos molestos. Fuente: Guía para La Identificación y Manejo de Ruidos Molestos en Condominios.
