El mayor error que puedes cometer si la empresa te cancela las vacaciones, según un abogado laboralista
Existe un momento en la vida profesional de todo trabajador en el que hay que decidir qué fechas escoger para disfrutar de un merecido descanso. La razón detrás de esta decisión puede basarse en querer disfrutar del mejor clima posible en un destino paradisíaco o, simplemente, tener alguna celebración familiar que requiere pasar varios días fuera de la ciudad. Sin embargo, la ilusión de ver acercarse el día de inicio de las vacaciones en el calendario puede verse truncada en el caso de que la empresa decida no respetar esta decisión.
Una de las situaciones más problemáticas en las que el trabajador se puede ver envuelto es la cancelación de sus vacaciones con menos de dos meses de antelación, a pesar de haberlas acordado en el periodo establecido. En este contexto, una reacción natural y habitual en el empleado puede ser enfadarse y decidir irse de viaje, aunque lo haga en contra de lo ordenado por sus jefes. Esta decisión impulsiva puede conllevar graves consecuencias, que podrían evitarse si actúa con calma.
Según informa el abogado laboralista Juanma Lorente, en su cuenta de TikTok, esta equivocación a la hora de afrontar el problema puede ser "un motivo de despido sin indemnización y además si demandas es muy difícil ganarlo en el juzgado". Por ello, es de suma importancia no "caer en la trampa de la empresa" y actuar con frialdad, pues bien ejecutada, el trabajador podrá irse de vacaciones sin ningún tipo de repercusión en su puesto laboral.
Qué hacer si tu empresa decide cancelar tus vacaciones con menos de dos meses de antelación
En un escenario en el que la compañía quiere obligar al empleado a acudir a su puesto de trabajo y cancela sus días de vacaciones, avisándole con menos de dos meses de antelación, una de las reacciones más comunes suele ser enfadarse y decidir no ir a trabajar. Este es uno de los mayores errores que puede cometer el trabajador, pues la empresa puede despedirle por 'incomparecencia' en el trabajo. Un tipo de despido con el que no se recibirá indemnización y que, caso de juicio, es muy difícil que la empresa pierda.
Por ello, lo que recomienda el abogado es esperar y no actuar de forma espontánea, presentando una demanda contra de la empresa al día siguiente de que esta se lo comunique al empleado. En esta demanda se debe indicar que la empresa ha cancelado las vacaciones con una antelación inferior a la establecida por ley. Si se lleva a cabo esta medida, lo más seguro es que la gane el demandante y pueda descansar en el periodo que había establecido desde un inicio.
Esta situación se encuentra recogida en el artículo 38 del Estatuto de los Trabajadores, en el cual se establece que "el trabajador conocerá las fechas que les correspondan dos meses antes, al menos, del comienzo del disfrute". En el caso que el periodo escogido coincida con una incapacidad temporal o un periodo de suspensión del contrato, estas se disfrutarán al finalizar la incapacidad o periodo de suspensión.
Asimismo, la empresa tiene permitido cancelar las vacaciones en diferentes casos extraordinarios como: por problemas imprevistos que requieran de la presencia del trabajador; que las fechas ya hayan sido solicitadas por otro empleado previamente; que el periodo pedido esté excluido por convenio; o que el trabajador no haya hecho la solicitud en el plazo establecido. Sin embargo, compañía y empleado deben de llegar a un acuerdo, al menos, dos meses antes de las fechas negociadas.
