Hacienda y Seguridad Social seguirán conectados: los dos organismos compartirán información hasta 2030
La Agencia Tributaria y el Instituto Nacional de la Seguridad Social han renovado su convenio de colaboración para el intercambio de información hasta el 31 de marzo de 2030, es decir, cuatro años más, y han ampliado los datos a cruzar para el reconocimiento y control de determinadas prestaciones.
Una prórroga donde también se han reforzado los controles ante la posibilidad de que aparezcan "brechas de seguridad" y se han establecido medidas en los supuestos de que los funcionarios con acceso a información tributaria la usen de manera irregular.
Así ha quedado recogida la modificación y prórroga este lunes en el Boletín Oficial del Estado (BOE), donde se especifica que la AEAT deberá suministrar diversa información al INSS.
Qué información compartirán Hacienda y Seguridad Social
Tras la prórroga del convenio, la Agencia Tributaria deberá suministrar información al INSS del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) para el reconocimiento y control de la prestación económica por nacimiento o adopción de hijo en supuestos de familias numerosas, monoparentales y de madres o padres con discapacidad.
Asimismo, también podría compartir determinada información tributaria para la gestión de otras prestaciones y procedimientos distintos de los previstos, conforme a la normativa de aplicación.
Según consta en el convenio, el INSS cederá con periodicidad mensual el fichero de fallecimientos de pensionistas no residentes, así como información sobre el complemento de ayuda a la infancia.
Por parte de la AEAT, se facilitará al INSS información del IRPF en los procedimientos de pensiones de jubilación, viudedad, orfandad, incapacidad permanente y de pensiones en favor de familiares, pensiones mínimas, Ingreso Mínimo Vital, tarjeta social digital, asignación económica por hijo menor a cargo no discapacitado, y prestación económica por nacimiento o adopción de hijo en supuestos de familias numerosas, monoparentales y de madres o padres con discapacidad.
Asimismo, en los procedimientos de contratación y a petición del INSS, la Agencia Tributaria podrá facilitar datos del Impuesto de Actividades Económicas o de si se está al corriente del pago de la obligaciones tributarias.
Un acuerdo vigente desde 2022
El convenio inicial entre ambas entidades fue suscrito el 30 de marzo de 2022 para establecer un sistema de intercambio estable y periódico de información entre las dos partes. Posteriormente, en junio de 2023, se suscribió una adenda de modificación del convenio para incorporar como nuevo suministro de información del INSS a la Agencia Tributaria el relativo a los datos de los perceptores del complemento de ayuda para la infancia, previsto en la Ley del IMV.
En virtud de una de las cláusulas incluidas en el convenio inicial de marzo de 2022, las partes han acordado prorrogar por un periodo de cuatro años adicionales el convenio, incluyendo las modificaciones incorporadas mediante la adenda.
Obligación de confidencialidad por tiempo indefinido
El texto del convenio recogido en esta adenda modifica además varias cláusulas del mismo, entre ellas la obligación de sigilo. En concreto, se establece que el acuerdo de confidencialidad al que están obligados las autoridades y funcionarios sobre los datos suministrados "continuará vigente incluso después de la extinción del convenio, sea cual sea la causa de dicha extinción".
Asimismo, se ha modificado la cláusula del convenio relativa al tratamiento de datos personales para establecer que ambas entidades cooperarán en la resolución de incidentes de seguridad y asumirán las obligaciones pertinentes cuando actúen como responsables del tratamiento de datos.
Además, se ha incorporado un nuevo apartado para evitar que los funcionarios autorizados puedan realizar consultas a datos tributarios "que no se ajusten a la finalidad del convenio, accesos a datos propios o a datos en los que pueda existir algún tipo de conflicto de interés".
"Si como consecuencia de las labores de control se advirtiese la utilización de la información obtenida con fines distintos de los previstos en el convenio se abrirán diligencias informativas en orden a su esclarecimiento y, en su caso, a la exigencia por parte del órgano competente de las responsabilidades disciplinarias o administrativas que procedan según la normativa vigente, con traslado, si procede, a la autoridad judicial correspondiente", añade el convenio.
En esta misma cláusula relativa a los controles de seguridad, el INSS y la Agencia Tributaria se comprometen a colaborar en la investigación y resolución de las incidencias de seguridad, con posibilidad de que el suministro de datos sea suspendido o limitado cuando se adviertan anomalías o irregularidades en la custodia o utilización de los datos suministrados.
En caso de que se constate una brecha de seguridad, ambos organismos podrán interrumpir temporalmente los suministros de información avisando previamente a la Comisión Mixta de Coordinación y Seguimiento del convenio.
Con esta prórroga, Hacienda y Seguridad Social consolidan un instrumento de cooperación administrativa que se ha convertido en un pilar central en la verificación de derechos y obligaciones de millones de ciudadanos españoles.
