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Condenan a un hombre por tocamientos a una menor a la que además reclamó fotos suyas con fines sexuales

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Abc.es 
El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, el TSJA, ha confirmado una sentencia de la Audiencia de Sevilla que condena a un hombre por tocamientos libidinosos a una menor de edad hija del dueño de la finca de Dos Hermanas en la que él trabajaba, además que reclamó a la víctima que le proporcionase imágenes de ella con fines sexuales. En una sentencia emitida el pasado 11 de junio y difundida por la Oficina de Comunicación del TSJA, el Alto tribunal andaluz aborda un recurso de apelación de un hombre identificado como José G.O.A., natural de El Salvador, contra una sentencia de la Sección Séptima de la Audiencia de Sevilla que le condena a dos años de prisión por un delito contra la libertad sexual y a 15 días de localización permanente por otro delito de vejaciones. En concreto, la Sección Séptima de la Audiencia declaró probado que el 30 de octubre de 2022, el acusado residía en una finca de Dos Hermanas para cuyo propietario trabajaba, quien a su vez contaba con una hija de entonces 12 años de edad que pasaba algunas temporadas en la parcela por el régimen compartido de custodia que tenía este hombre con relación a la menor de edad. En ese marco, aquel 30 de octubre de 2022, aprovechando la celebración del cumpleaños de una amiga de la menor en la finca, según el relato de hechos probados, el inculpado realizó tocamientos libidinosos a la adolescente, que ante ello «le agarró la mano y la apartó bruscamente» , toda vez que dos semanas antes, este hombre había propinado a la menor «un manotazo en el trasero». Meses más tarde, concretamente el día 5 de marzo del año 2023 y mientras la menor se encontraba en su habitación en el citado domicilio, según el relato de hechos probados de la sentencia de la Audiencia; el inculpado entró en su habitación y le reclamó que le proporcionase imágenes de ella con fines sexuales , tras lo cual propuso sexo a la muchacha: Es más incluso se sirvió de la aplicación WhatsApp de mensajería instantánea para solicitar a la menor las citadas fotografías. En su recurso contra esta sentencia condenatoria, la defensa del acusado consideraba no creíble ni fiable el testimonio de la menor, principal prueba de cargo; pero el TSJA explica que «no hay razón para recelar del relato» de la víctima bajo la premisa de actuase por alguna animadversión hacia el acusado, sin encontrar indicios de un «móvil espurio» en la denuncia de la menor, cuya declaración ha sido siempre «estable, coherente y sin contradicciones relevantes». También tiene en cuenta la corroboración de una testigo que relató «cómo la menor, en un viaje a Madrid, le confió que el acusado había entrado en su habitación pidiéndole fotografías y que más adelante, le contó lo sucedido meses atrás cuando el acusado le efectuó tocamientos»; así como los mensajes de WhatsApp enviados por el inculpado a la menor, con frases como «qué boquita», «envíame tus fotos» o «si te molestó algo que te dije ayer perdón». Por eso, el TSJA desestima por completo el recurso de apelación de la defensa del inculpado y confirma a todos los efectos la sentencia condenatoria , con sus dos años de prisión.














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