¿Puedes ser multado por tener una mascota ruidosa? Esto es lo que dice la Ley 675 de Colombia
La normativa aplicable para situaciones de ruidos molestos ocasionados por mascotas es la Ley de Propiedad Horizontal (LPH), la ley autonómica y local, además de las ordenanzas sobre convivencia vecinal y ruido.
En un reciente informe, el Departamento Administrativo Nacional de Estadística (Dane) publicó que el 67% de las familias colombianas tiene al menos una mascota. La ley en Colombia establece una serie de responsabilidades para los dueños de mascotas. Entre ellas, una de las que causa más dudas y preocupaciones son las consecuencias que puede acarrear poseer una mascota ruidosa. ¿Puedo recibir una multa porque mi mascota interrumpe la paz de la comunidad residencial? La normativa a la que se puede acudir en estos casos es la Ley 675, que establece marcos específicos.
PUEDES VER: La cascada de 60 Metros de Colombia que el conflicto Armado mantuvo oculta: ¿dónde queda?
¿Pueden multarme por tener mascotas ruidosas?
En Colombia, la sentencia T-035 de la Corte Constitucional de 1997 establece que es posible tener animales de compañía en propiedades horizontales, pero con la condición de que se cumplan ciertos compromisos. Además, la Corte señala que “mantener un animal doméstico, como un perro, en el lugar de residencia, siempre que no cause perjuicios a los copropietarios o vecinos, representa un claro ejercicio del derecho al libre desarrollo de la personalidad y a la intimidad personal y familiar, derechos que el Estado debe respetar”.
Aunque en Colombia no existe una ley específica que sancione a quienes tienen mascotas ruidosas, la Ley 675 de 2001 establece un régimen de convivencia que obliga a los residentes a no generar ruidos que molesten a otros. En ese sentido, en áreas residenciales, el nivel máximo permitido de ruido es de 65 decibeles durante el día y de 55 decibeles durante la noche. Si se supera este límite, según el artículo 33 del Código Nacional de Policía, las multas pueden alcanzar el monto de 693.328 pesos (16 salarios mínimos diarios legales vigentes).
PUEDES VER: El país de Sudamérica con uno de los mejores cafés de todo el mundo: supera a Perú y Brasil
¿Cómo se puede denunciar el ruido de mascotas en una residencial?
La normativa aplicable ante esta situación es la Ley de Propiedad Horizontal (LPH), así como la normativa autonómica y local, incluidas las ordenanzas sobre convivencia vecinal y ruido.
En particular, la LPH establece en su artículo 7.2 que “al propietario y al ocupante del piso o local no les está permitido desarrollar en él o en el resto del inmueble actividades prohibidas en los estatutos, que resulten dañosas para la finca o que contravengan las disposiciones generales sobre actividades molestas, insalubres, nocivas, peligrosas o ilícitas”. En este contexto, una posible acción de cesación de la actividad molesta, como los ladridos de un perro, puede ser considerada.
El mismo artículo indica que el presidente de la comunidad, ya sea por iniciativa propia o a solicitud de cualquiera de los propietarios u ocupantes, requerirá a quien realice las actividades prohibidas la “inmediata cesación de las mismas, bajo apercibimiento de iniciar las acciones judiciales procedentes”.
¿Puedo denunciar ante la policía el ruido excesivo producido por mascotas?
Las subdivisiones Ambiental y de Patrulla de Rescate Animal de la policía pueden encargarse de las denuncias de maltrato animal y judicializar a los maltratadores; sin embargo, no están habilitadas para recibir casos de ruido no violento.