Hallan lingote de oro valorizado en más de US$600.000 con destino a India: provendría de minería ilegal
La Quinta Fiscalía Provincial Transitoria de Extinción de Dominio de Lima incautó un lingote de oro valorizado en más de 600.000 dólares, cuya procedencia estaría relacionada con el delito de minería ilegal. De acuerdo con las autoridades, el valioso mineral tenía como destino la India y fue intervenido como parte de una sentencia de extinción de dominio.
La investigación determinó que el 7 de mayo de 2021 una empresa intentó exportar 12,45 kilogramos de oro, pero no pudo acreditar la legalidad de su origen ni demostrar la posesión legítima del material. Las autoridades recalcaron que la extinción de dominio es una herramienta clave para cortar el financiamiento de organizaciones dedicadas a la extracción y comercialización ilegal de recursos naturales.
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Estado recupera barra de oro de US$623.000 vinculada a minería ilegal tras fallo
La fiscal adjunta Cynthia Elizabeth Angulo La Torre encabezó el proceso que permitió recuperar una barra de oro valorizada en 623.000 dólares, tras una sentencia que declaró fundada la demanda de extinción de dominio. El fallo confirmó que el mineral estaba relacionado con actividades de minería ilegal, por lo que el bien pasará a manos del Estado.
Durante la investigación, la empresa implicada afirmó que el oro provenía de una concesión minera metálica. No obstante, la División de Acciones Inmediatas y Masivas de la Sunat determinó que la compañía no contaba con las instalaciones ni con la tecnología necesarias para producir barras de oro doré, desmontando así su versión y revelando su verdadera procedencia.
“La Quinta Fiscalía Provincial Transitoria logró que se declare fundada la demanda presentada, permitiendo que el bien pase a favor del Estado al estar relacionado con actividades ilícitas”, informó el Ministerio Público a través de su cuenta oficial en X.
Minería ilegal: ¿qué dice el código penal?
La minería ilegal en Perú está tipificada como delito en el artículo 307-A del Código Penal. Esta norma sanciona con entre 4 y 8 años de prisión a quienes realicen actividades extractivas sin contar con autorización del Estado. Si se emplean explosivos o maquinaria pesada, la pena puede aumentar hasta 12 años. Además, se sanciona el financiamiento, acopio y comercialización de minerales provenientes de esta actividad ilícita.