SBS actualiza lista de personas expuestas políticamente: bancos aplicarán mayor filtro a jueces, embajadores y dirigentes políticos
La Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) aprobó la resolución n.° 02868-2025, que realiza modificaciones en la definición de Personas Expuestas Políticamente (PEP) y actualiza los cargos que deben ser vigilados en el sistema financiero por su mayor riesgo de vinculación con lavado de activos o financiamiento del terrorismo.
Según la normativa, se considera PEP a toda persona peruana o extranjera que ocupe o que en los últimos dos años haya ocupado un cargo público de alta relevancia o una función destacada en organismos internacionales, ya sea dentro o fuera del país.
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Además, de acuerdo con el dispositivo legal, por primera vez se incluye como PEP a los colaboradores directos de las máximas autoridades de una institución.
Entre los cargos que entran en esta categoría figuran el presidente del Poder Judicial y de la Corte Suprema, jueces supremos y superiores, así como las principales autoridades del fuero militar.
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También se consideran PEP los embajadores, directores, secretarios generales y jefes de gabinete en entidades públicas y organismos reguladores. A nivel administrativo, la norma incluye a funcionarios encargados de contrataciones y adquisiciones del Estado, así como a los responsables de tesorería, presupuesto, finanzas y logística en el sector público.
En el ámbito político, se incorporan a fundadores y dirigentes de partidos, representantes legales, tesoreros, contadores y candidatos a cargos de elección popular, todos ellos considerados de especial riesgo por la influencia que pueden ejercer en la gestión de recursos.
Entidades financieras deben aplicar mayor filtro
La SBS explicó que esta actualización alinea la regulación peruana con los estándares del Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI) y busca ayudar a bancos, aseguradoras y demás entidades financieras obligadas a reportar operaciones sospechosas a aplicar con mayor claridad los filtros de "debida diligencia" en el conocimiento de sus clientes.
Esto significa, por ejemplo, que si un juez supremo, un embajador o el tesorero de un partido político abre una cuenta bancaria, solicita un crédito o realiza una transferencia importante, la entidad financiera deberá aplicar controles adicionales para verificar el origen de los fondos y monitorear de cerca sus operaciones, a fin de reducir riesgos de corrupción o lavado de activos.