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Begoña Gómez se opone al juicio por jurado y dice que las gestiones de la asesora de Moncloa son "habituales"

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La defensa de Begoña Gómez ha recurrido el auto del juez Juan Carlos Peinado mediante el cual aboca la pieza sobre la asesora de Moncloa al juicio con jurado popular. La mujer del presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, sostiene que no hay indicios que apunten a la comisión del delito de malversación y que es "habitual" que la asesora de Moncloa Cristina Álvarez realizara todo tipo de tareas para ella, toda vez que las condiciones de su puesto de trabajo eran de "plena disposición".

En concreto, sostiene que era "muy habitual" que sus jornadas comenzaran a primera hora de la mañana y finalizaran por la noche "incluyendo fines de semanas" y que incluso aunque los correos analizados por la Guardia Civil se hubieran enviado en las "estrictas 8 horas" que constituyen su jornada laboral, no sería delito. "En definitiva, esta parte entiende que la realización de un favor a la persona para la que trabajas y con la que, además, mantienes una relación de amistad nunca puede interpretarse como una conducta que entre dentro del ámbito de aplicación de una infracción penal tan grave como la malversación pública", reza el recurso al que ha tenido acceso LA RAZÓN.

El abogado de Gómez reacciona de esta manera a la decisión del titular del Juzgado de Instrucción número 41 de Madrid de tramitar esta parte de las diligencias por la ley del jurado popular, toda vez que en la misma se investiga malversación por las presuntas gestiones privadas que le hizo la asesora de Presidencia. El recurso se interpone después de que el sábado se celebrara la audiencia en la que el instructor comunicó a las partes el cambio de tramitación y, también, después de que la Unidad Central Operativa (UCO) de la Guardia Civil aportara un informe con el análisis de más de un centenar de correos de Cristina Álvarez.

"Ni un solo indicio"

El letrado de Gómez, Antonio Camacho, incide también en que no hay indicios que justifiquen la existencia de esta línea de investigación. De hecho, acusa al juez de fundamentar de forma "escasa" su decisión y de limitarse a justificar su movimiento "tras la práctica de las diligencias que se han llevado a cabo hasta el presente momento". "Una frase tan genérica, inconcreta y estereotipada no colma, en absoluto, el requisito que debe concurrir y que estamos analizando, es decir la concurrencia de los indicios que han de estar presentes para la incoación de un Procedimiento ante el Tribunal del Jurado", indica.

Además, se ampara en la doctrina de la Audiencia Provincial de Madrid acerca de que el funcionario "ilícitamente destinado a cubrir necesidades privadas de su superior no puede cometer malversación". En ese sentido, asegura que esa "funcionaria" sería Álvarez y que, en consecuencia, no se le puede aplicar el delito de malversación. Del mismo modo descarta que el tipo penal se pueda aplicar a su representada puesto que en el momento de los hechos no era funcionaria pública.

"Resulta obvio que en ningún caso pudiera tener tal consideración como cónyuge del Presidente del Gobierno y con relación a la actividad de una persona que históricamente ha asistido a todos lo que han ocupado esa posición en la historia de la Democracia en este país", reza el recurso de apelación. Además, recuerda a Peinado que hace unos meses descartó que hubiera indicios de que Begoña Gómez participara en el nombramiento de esta asesora de Presidencia.















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