Si ya me depositaron la CTS, ¿por qué no puedo disponer del dinero todavía?
Muchos trabajadores peruanos ya recibieron el depósito correspondiente a su Compensación por Tiempo de Servicios (CTS), considerando que la fecha límite es aún el viernes 14 de noviembre. Sin embargo, al ingresar a sus aplicaciones bancarias, se han percatado de que el monto figura como saldo contable y no como disponible. Este, además, aún no se puede retirar o transferir, pero solo es cuestión de tiempo, 48 horas luego del depósito, para que este pueda liberarse.
CTS: ¿en qué se diferencia el saldo contable del saldo disponible?
De acuerdo con información publicada en la página web del Banco de Crédito del Perú (BCP), el saldo contable es “el monto total que refleja todas las operaciones registradas en tu cuenta de ahorros, incluyendo aquellas que aún no se han procesado o están en espera de ser aprobadas”, y que incluye la totalidad de retiros, depósitos, transferencias, entre otros. A estas operaciones pendientes, según el portal oficial del BBVA, se les conoce como “retención” o “retención de saldo”.
Dado que se encuentra en proceso de validación interna, el dinero aún no se puede retirar por cajeros automáticos, ventanillas o bancas móviles. Este procedimiento es normal y sirve para garantizar que los fondos sean correctamente acreditados. Por esta razón, el dinero aparecerá primero como saldo contable, y después, en un plazo de 48 horas, como saldo disponible.
El saldo disponible, por tanto, corresponde al dinero real que el usuario tiene a su disposición para gastar o retirar cuando lo considere conveniente, sin esperar algún tipo de aprobación o confirmación de su banco. Este “es útil para tener una visión general de tus finanzas, mientras que el saldo disponible te indica cuánto dinero puedes gastar o retirar en un momento dado”, menciona el BCP.
Entonces, ¿qué hacer si ya depositaron el dinero de mi CTS, pero no puedo retirarlo?
Esta situación suele generar confusión en algunos trabajadores días posteriores a los depósitos de la CTS, especialmente porque revisan sus cuentas apenas se anuncia el abono. Sin embargo, el plazo de 48 horas no depende del empleador, sino del banco receptor. Luego de transcurridas, se podrá retirar con normalidad.
