Los “me gusta” en redes también rompen matrimonios: un tribunal turco los valida como causa de divorcio
Un tribunal de la ciudad turca de Kayseri ha sentado un precedente inédito al reconocer que la actividad en redes sociales, concretamente, el uso reiterado del botón de “me gusta”, puede constituir causa legítima de divorcio.
La resolución, que ha generado un intenso debate nacional, redefine los límites entre la vida digital y las obligaciones conyugales en el marco del derecho civil moderno.
El tribunal considera que las interacciones digitales pueden generar humillación pública y daño emocional equiparable a una infidelidad
El caso fue presentado por una mujer identificada como HB, quien denunció que su esposo dedicaba una parte significativa de su tiempo a interactuar con publicaciones de otras mujeres, principalmente a través de “likes” y comentarios.
Para la demandante, este comportamiento no era una simple distracción, sino una forma de humillación pública y un indicio de abandono emocional.
Tras analizar los registros de actividad digital, el tribunal concluyó que la conducta del marido, identificado como SB, mostraba un patrón sostenido de interacciones que vulneraban la confianza matrimonial.
Los jueces determinaron que, en un contexto de repetición y exposición pública, estos gestos virtuales podían interpretarse como una violación del deber de lealtad, incluso sin que existiera contacto físico o una relación extramarital.
SB intentó defenderse alegando que su esposa padecía “celos digitales” y que su reacción era desproporcionada. Sin embargo, la corte desestimó sus argumentos y consideró que la evidencia presentada por HB demostraba un daño emocional real y sostenido.
La sentencia, calificada como “novedosa” por juristas locales, establece que las interacciones digitales pueden tener un impacto tan profundo como los actos cometidos en la vida offline. El tribunal subrayó que la fidelidad no se limita al ámbito físico, sino que también se expresa en la gestión responsable de la presencia digital.
Como parte del fallo, SB fue condenado a pagar una pensión mensual y una indemnización por daños morales, lo que ha reforzado la idea de que la actividad en redes sociales puede tener consecuencias legales tangibles.
La decisión ha provocado un amplio debate en Turquía sobre la privacidad, la vigilancia en pareja y los nuevos códigos de comportamiento en la era digital. Expertos en derecho de familia advierten que, a partir de ahora, los pantallazos de actividad online podrían convertirse en pruebas habituales en los procesos de divorcio.
