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¿Mantener la “diferencia indígena” en la legislación?

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Tras la caída del Movimiento al Socialismo (MAS) se ha comenzado a debatir, no siempre de manera formal pero sí continua, sobre el carácter supuestamente prescindible de la “diferencia indígena” en la Constitución y las leyes del “nuevo ciclo”. Se propone hacer desaparecer esta diferencia porque urgiría retornar al principio liberal de igualdad de derechos, cuyo pleno reinado subsumiría la representación jurídica de lo indígena en las nociones incluyentes y universales de “ciudadanía” o “bolivianidad”.

Los “liberales puros” demandan leyes universales que se apliquen a individuos desprovistos de atributos económicos, culturales o raciales, es decir, “bolivianos” abstractos. Consideran, en consecuencia, que los derechos colectivos concedidos a los pueblos indígenas (territorio, autogobierno y justicia propia) por la Constitución de 1995, así como las medidas de ecualización de las desventajas históricas de estos grupos (la oficialización de sus idiomas, la determinación de jurisdicciones electorales indígenas y el acceso garantizado a los órganos públicos en el marco de un “Estado Plurinacional”) que aparecen en la Constitución de 2009 y siguen vigentes, todo esto que denominamos “la diferencia indígena en la legislación boliviana”, constituye un conjunto de “privilegios y prerrogativas odiosas”. Esta frase pertenece al programa electoral del frente derechista Libre Bolivia corazón verde digital (2025).

La igualdad política abstracta y al mismo tiempo sincrónica, es decir, sin historia, contrasta fuertemente con el efectivo pluralismo social. En la sociedad los individuos siempre tienen diferencias sustantivas (biológicas, socioeconómicas) que afectan su “recepción” de los derechos universales. Existen los grupos sociales, que además tienen historia. Entonces, el principio de la igualdad universal, en tanto método homogeneizador por la vía de la abstracción y la cancelación de la historia, implica necesariamente lo que Luis Claros llama un “recorte de la diversidad”.

El principio liberal puro es compatible con una ética utilitarista: ya que todos somos “casi” iguales, entonces el bien del mayor número es el bien de la sociedad.

Pero hay liberalismos más complejos y avanzados que el “puro”. Uno de los más famosos es el de John Rawls, que rechaza el utilitarismo. Lo hace, justamente, en nombre del pluralismo. Cree que el bien de la mayoría no necesariamente es el bien del todo social, justamente porque este es intrínsecamente diverso y algunos seguramente sentirán que sus opciones no están representadas por las de la mayoría. El sistema de Rawls también admite la historia. Lo hace mediante el concepto de “posiciones de partida” o las diferencias de las personas antes de que se sumerjan en la definición de un nuevo contrato social justo.

Hace tiempo debatí con el liberal puro Antonio Saravia sobre la desigualdad de partida que hay entre indígenas y no indígenas en nuestro país, que demostré con datos empíricos. Él se resistió a considerar siquiera este hecho histórico, con el argumento de que las injusticias del pasado no debían crear injusticias en el presente. Para él, “injusticia” era, claro, la desigualdad de derechos o existencia de “privilegios y prerrogativas odiosas”. En ese momento intenté confrontarlo con Rawls, como hago ahora con los demás liberales “puros” de Libre y otros “republicanos” bolivianos.

En lugar de imaginar un principio igualitario para una sociedad imaginariamente homogénea y luego suponer que esta diversidad desaparecerá gracias a ello, lo que no ocurre, mejor es –propone Rawls– imaginar principios políticos para una sociedad diversa, pero que no estén dictados por nuestra posición de partida en dicha sociedad, es decir, principios que no sean interesados, que no nos sirvan a nosotros en contra de otros, sino que velen por una sola cosa: encontrar procedimientos políticos que logren la cooperación entre todos, la mayor libertad e igualdad posibles para cada miembro de una sociedad plural.

¿Cómo lograr principios como estos? Debemos, señala Rawls, echar un “velo de ignorancia” sobre nuestras posiciones de partida en tal sociedad. En otras palabras, tenemos que definir principios que puedan ser justos para nosotros (que nos conviene que sean justos) si fuéramos ricos o pobres; si fuéramos blancos, negros o marrones, si fuéramos educados o no; y tanto si fuéramos fuertes y saludables y guapos como si tenemos una discapacidad y estamos enfermos; tanto si perteneciéramos a la cultura dominante como si formáramos parte de una “etnia”. Al pensar en principios que sean justos para nosotros sin saber quiénes seríamos en la sociedad diversa basada en estos principios, entonces tendríamos que elegir principios razonables para todos.
En el nivel de mayor abstracción estos principios son, según Rawls, dos: Que todos tengan la mayor libertad posible y que las desigualdades existentes en la sociedad diversa solo se toleren cuando beneficien al conjunto (un elemento del utilitarismo) y, en especial, a los más débiles de la sociedad: los pobres, los discriminados, los discapacitados, los que estén marginados del acceso al gobierno, etc.

El liberalismo de Rawls, por tanto, ampara e incluye la “diferencia indígena” contenida en las leyes bolivianas actuales. Lo hace porque la desigualdad de derechos a favor de los indígenas beneficia al conjunto, ya que da mejores bases a la asociación y la cooperación social, al reconocer a todos sus miembros, y, sobre todo, porque empodera a los más débiles, a los que tienen una “posición de partida” más desfavorecida en la sociedad boliviana. Podemos entender así la “diferencia indígena” como una “discriminación positiva”, válida en una sociedad liberal en la medida en que no impide el primer principio, es decir, en la medida en que aumente derechos a una parte de la sociedad sin arrebatar derechos a la otra parte, la cual puede seguir siendo tan libre como pueda. La existencia y aplicación del Estado Plurinacional hasta ahora ha probado que los “no indígenas” no sufren coerción ni bloqueo porque la Constitución y las leyes admitan una leve desigualdad a favor de los indígenas.

(*) Fernando Molina es periodista

The post ¿Mantener la “diferencia indígena” en la legislación? appeared first on La Razón.















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