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El registro de vivienda de corta duración deja sin código para operar a 64.000 viviendas turísticas legales

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64.000 viviendas turística legales, inscritas en los registros autonómicos de las distintas regiones, no han logrado obtener el código del registro único de alquiler de corta duración, necesario para poder operar legalmente, denuncia la Federación Española de Asociaciones de Viviendas y Apartamentos Turísticos (Fevitur). Estas viviendas que el registro único a nivel estatal ha dejado fuera pese a ser legales representan el 38% de las 169.315 viviendas de uso turístico encuestadas por Fevitur.

"La causa no es el incumplimiento de los requisitos legales autonómicos, únicos competentes en materia de turismo, sino el no cumplimiento de requisitos registrales impuestos por los Registradores de España, requisitos ajenos a la normativa turística y no exigidos por ninguna ley sectorial", critica la presidenta de Fevitur y de la Asociación de Viviendas Turísticas de la Comunidad Valenciana, Silvia Blasco.

Pese a ser "plenamente legales", defiende Blasco, esas viviendas han tenido que dejar de ofertarse en plataformas digitales, ya que, según el Real Decreto 1312/2024, por el que se regula el registro único de alquiler de corta duración, los pisos turísticos deben contar con el número de registro para mantenerse activo en plataformas digitales. "Se trata, por tanto, de una restricción artificial del acceso al mercado, que no combate la ilegalidad, sino que penaliza al operador legal, reduce la oferta disponible y genera inseguridad jurídica", denuncia la presidenta de Fevitur.

Según datos publicados esta semana por el INE, entre mayo y noviembre de 2025 se produjo una caída de las viviendas turísticas del 13,6%, coincidiendo con la entrada en vigor en julio del registro único de alquiler de corta duración. En total, las viviendas turísticas cerraron noviembre en 329.764, su menos nivel desde 2023.

La presidenta de Fevitur añade que "la caída de la oferta turística celebrada públicamente desde diversos ámbitos no se explica por el cierre de viviendas ilegales, sino por una salida administrativa de vivienda plenamente legal". Así, insiste Blasco, el apoyo a esta caída de la oferta de viviendas de uso turístico "confunde conceptos básicos del mercado inmobiliario y conduce a conclusiones que no se sostienen ni económica ni jurídicamente"

Blasco subraya que reducir anuncios online "no equivale a crear vivienda, ni a abaratar precios, ni a resolver los problemas estructurales del acceso a la vivienda en España". "A la vista de estas cifras contrastadas, es evidente que la retirada de viviendas de uso turístico no ha generado ningún alivio medible para los inquilinos", añade.

En concreto, en 2025, el mercado total de vivienda en España (vivienda en venta y en alquiler) sumaba 1,48 millones de inmuebles. El peso real de las viviendas turísticas lejos de aumentar su impacto ha disminuido, pues se ha producido una salida neta del uso turístico de 46.699 viviendas de uso turístico, lo que representa un 2,3% del total de la oferta disponible para venta/alquiler.

Lo único que se consigue con estas medidas, critica Blasco, es reducir oferta flexible necesaria para la movilidad humana, en lugar de crear viviendas nueva y reducir los precios. Por ello, desde Fevitur exigen la suspensión inmediata de la VAU 1560 y la adaptación urgente del Real Decreto 1312/2024.















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