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El Gobierno vasco no exige el arrepentimiento de los etarras para participar en acuerdos con las víctimas

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El Gobierno Vasco, desde hace varios años, no exige a los terroristas vinculados con la banda armada ETA su arrepentimiento para participar en acuerdos con las víctimas o con sus familiares con el objetivo de rebajar las condenas. Sin una actualización de Estrategia Vasca de la Justicia Restaurativa específica para 2026 el que rige es el plan aprobado en 2022.

Tal y como apunta el documento de la Ejecutiva vasca al que ha tenido acceso LA RAZÓN, se "abre la puerta a mecanismos" para resolver conflictos mediante a acuerdos de conciliación o reparación en el caso de delitos previos sin la necesidad del arrepentimiento, un aspecto fundamental para obtener el tercer grado de manera legal.

El estamento del País Vasco dictamina que "la responsabilidad penal solamente se extingue con el perdón", pero que para llegar a acuerdos con las víctimas no es necesario. El documento también comprende que los delitos perseguidos de manera exclusiva a instancia del ofendido, o los de ínfima relevancia un acuerdo entre ambas partes eliminaría el impacto de la denuncia. En este sentido siempre las penas deben ser inferiores a 6 años de prisión.

"Puede acordarse una reducción negociada de la pena y tratándose de juicios rápidos, la rebaja de la pena por conformidad está estipulada, reduciéndose la pena impuesta en un tercio. Pero ello no indica que dichos acuerdos deriven del empleo de mecanismos de justicia restaurativa. Conformidad no implica necesariamente ni responsabilización, ni reparación del daño, ni arrepentimiento", reza el documento presentado.

Una tercera variante recogida supone se decanta por la reparación del daño que "supone un atenuante de la responsabilidad penal si se procede antes de la celebración del juicio oral al pago total o parcial" de la responsabilidad. En el caso de los delitos menores puede desembocar en el perdón del ofendido que extingue la responsabilidad penal.

Los requisitos para posibilitar un acuerdo con la víctima

En base al artículo 15 del Estatuto de la Víctima se regulan los requisitos necesarios para optar a los procesos remarcados para intentar rebajar la pena, incluso conmutarla. Sin la necesidad de arrepentirse de los actos sí que el asesino, para que se produzca este acercamiento, tiene que haber "reconocido los hechos esenciales" cometidos.

Con la regulación en la mano se supone una predisposición inicial para avanzar hacia nuevos horizontes judiciales. El proceso de responsabilidad debe producirse con el consentimiento de la víctima tras haber recibido información veraz, "exhaustiva e imparcial" sobre su contenido y los procedimientos existentes, eso sí el consentimiento es revocable en cualquier momento.

Para cerrar las normativas, el documento señala que el procedimiento de mediación no debe suponer un riesgo para la seguridad de la víctima, ni un peligro de que su desarrollo pueda causar nuevos perjuicios materiales o morales para la víctima". Pese a que se cuente con la potestad de promoverlo para los miembros de la banda armada ETA, se apunta a todos los grupos terroristas.















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