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Un abogado revela las cinco modificaciones sustanciales que dan derecho a irte de tu empresa con paro e indemnización

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Cambiar de trabajo ya no es una decisión reservada a quienes están abiertamente descontentos con su empleo. Cada vez más trabajadores se plantean dar un giro a su trayectoria profesional, buscar mejores condiciones o incluso cambiar de profesión durante 2026. El fenómeno refleja una transformación en la relación de los empleados con sus puestos de trabajo, en un momento en el que la satisfacción profesional convive con una creciente preocupación por el salario y las condiciones laborales.

Esta contradicción queda reflejada en el estudio Dream Careers Index elaborado por Adobe. Según los datos publicados sobre España, el 73% de los encuestados afirma estar a gusto con su profesión, pero únicamente el 46% considera adecuada su retribución económica. Además, más del 60% de los españoles se plantea dejar su trabajo y cambiar de profesión en 2026. La cuestión, por tanto, no siempre consiste en abandonar un empleo que no gusta, sino en saber cuándo las condiciones impuestas por la empresa pueden convertirse en un motivo legal para poner fin a la relación laboral.

En determinados casos, un trabajador puede dejar su empresa y mantener el acceso a la prestación por desempleo, además de tener derecho a una indemnización. No se trata de una dimisión voluntaria, sino de una extinción de la relación laboral amparada por la legislación cuando concurren determinadas circunstancias. Entre ellas se encuentran las modificaciones sustanciales de las condiciones de trabajo. El Servicio Público de Empleo Estatal reconoce expresamente esta situación como causa legal de desempleo cuando afecta, entre otras cuestiones, a factores como el horario, la jornada o las funciones, entre otros.

Un abogado explica las cinco modificaciones sustanciales

Sobre esta cuestión ha puesto el foco Ignacio de la Calzada, abogado laboralista conocido en redes sociales como Un Tío Legal por sus contenidos divulgativos sobre los derechos de los trabajadores. El letrado ha explicado en uno de sus últimos vídeos cinco ejemplos que pueden encajar en una modificación sustancial. El primero se produce cuando una persona trabaja de lunes a viernes y la empresa pasa a exigirle trabajar durante los fines de semana. El segundo aparece cuando se modifica una jornada continuada para convertirla en un turno partido. Ambos cambios afectan directamente a la organización del tiempo de trabajo y pueden tener una incidencia relevante en la vida personal del empleado.

El abogado también señala otros dos supuestos relacionados con las condiciones económicas y la jornada. Uno de ellos consiste en modificar un salario variable, como pasar de percibir 300 euros mensuales por este concepto a recibir 150 euros. El otro sería una reducción de jornada, por ejemplo, pasar de trabajar 30 horas semanales a 20. En ambos casos, la modificación puede afectar de forma sustancial a las condiciones pactadas, aunque su consideración jurídica dependerá de las circunstancias concretas. El artículo 41 del Estatuto de los Trabajadores contempla precisamente cambios sustanciales relacionados con la jornada, el horario, el régimen de turnos y el sistema de remuneración y cuantía salarial.

Puedes irte de tu trabajo con indemnización por estos motivos

El quinto ejemplo que plantea De la Calzada es el cambio de funciones cuando supone una degradación profesional, como pasar de ser encargado a ocupar una posición de menor responsabilidad. Para que la extinción indemnizada opere no basta, sin embargo, con que exista cualquier cambio. El artículo 41 establece las condiciones y el procedimiento que debe seguir la empresa, incluida la comunicación al trabajador con una antelación mínima de 15 días en las modificaciones individuales.

Si el trabajador opta por extinguir el contrato ante una modificación sustancial que le perjudique, puede tener derecho a una indemnización de 20 días de salario por año trabajado, con un máximo de nueve mensualidades. Si, además, la modificación se realiza sin respetar las reglas legales y supone un menoscabo de la dignidad del trabajador, el artículo 50 permite solicitar judicialmente la extinción con la indemnización correspondiente al despido improcedente.















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