El pulso judicial de las exreligiosas de Belorado contra el comisario pontificio ha llegado a su fin. El Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº 1 de Briviesca ha decretado el sobreseimiento y archivo de la causa penal abierta contra monseñor Mario Iceta, tras concluir que no existen indicios de delito en su actuación. La resolución, fechada el 1 de octubre y notificada este viernes a las partes, responde a la denuncia que un grupo de exmonjas del convento burgalés presentó en julio de 2024 contra el arzobispo de Burgos en su calidad de administrador pontificio de los monasterios de Belorado, Orduña y Derio. En su día, la Fiscalía ya había advertido que los hechos «carecían de relevancia penal» y había solicitado el archivo. Sin embargo, tras el recurso de las denunciantes, la Audiencia Provincial ordenó reabrir la causa el pasado marzo por considerar «prematuro» el primer sobreseimiento. La juez ha analizado una a una las tres acusaciones que pesaban sobre el prelado. En cuanto a la supuesta administración desleal, el auto recuerda que el nombramiento de Iceta como comisario fue «correctamente inscrito en el Registro de Entidades Religiosas», lo que le acreditaba como legítimo responsable de los bienes. Por ello, concluye que «no puede haber administración desleal en quien es el legítimo administrador». Además, la resolución destaca que desde su designación «ha venido pagando las nóminas de los trabajadores que lo han solicitado directamente, así como los gastos y recibos de los monasterios», por lo que no se deduce de su administración «perjuicio alguno para los Monasterios, de los que debe responder como comisario pontificio», explica la sentencia. Respecto a la acusación de coacciones, el tribunal examina la denuncia de que el comisario ordenó el cambio de una llave en el monasterio de Derio el 3 de julio de 2024. La juez subraya que no puede hablarse de delito alguno, ya que las religiosas «conocían la existencia de otra entrada al monasterio». La tercera imputación, revelación de secretos, también ha sido descartada. El auto señala que no existe deber de confidencialidad en la información que Iceta maneja como comisario pontificio y, además, que «no existe relación profesional alguna entre las denunciantes y el comisario pontificio», lo que imposibilita la existencia de este tipo penal. Tras valorar estos argumentos, la juez decreta el «sobreseimiento libre y archivo de la causa». Con esta resolución, el frente penal abierto por las exclarisas contra el arzobispo de Burgos queda definitivamente cerrado, en un nuevo capítulo de una larga batalla que se mantiene todavía en el terreno civil con el litigio por la propiedad de los monasterios.