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Condenan a una comunidad de vecinos a indemnizar a su conserje con 15.000 euros por calcular mal su despido

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Un conserje de una comunidad de vecinos tendrá que ser readmitido en su puesto de trabajo o bien indemnizado con más de 15.000 euros después de que el Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha estimara que tras su despido la comunidad calculó mal su indeminización. Como aparece en la sentencia consultada por ABC, la comunidad de vecinos decidió en la primavera de 2024 una carta en la que se le comunicaba su despido objetivo. El motivo, la creciente dificultad económica de la finca por el aumento progresivo de los gastos y de la morosidad entre los propietarios. Por ello, en la junta se decidió prescindir del trabajador y se acordó que a partir de entonces serían los vecinos quienes se harían cargo de las tareas de limpieza y reparaciones menores. El 7 de mayo, este portero recibió la carta de despido fechada el 30 de abril donde se le comunicaba su situación y la explicación de que se debía a causas económicas. Asimismo, a este profesional se le calculó una indemización que ascendía a 6.289,04 euros , correspondiente a 20 días de salario por año de servicio con el límite de 12 mensualidades y computando una antigüedad desde el 1 de junio de 2017. Sin embargo, estos datos no eran correctos, lo que provocó una diferencia de 2.848,22 euros con lo que debería haber sido la indemnización real del despido objetivo. La sentencia de un juzgado Social de Ciudad Real declara que el conserje trabaja desde 2018 con contrato indefinido a tiempo completo en la modalidad de personas con discapacidad con un salario mensual neto de 1.100 euros . Sin embargo, desde 2014 había tenido contratos a tiempo parcial en la misma comunidad. La indemnización se calculó sobre la fecha del 1 de junio, pero la juez de la sala explica, precisamente, que la relación laboral se inició el 6 de mayo de 2014, por lo que esa es la fecha que se debía tomar como referencia para el cálculo de la indemización, que debería haber sido de 9.137,26 euros . Además añade que el trabajo que llevó a cabo este profesional se realizó durante todo el periodo sin interrupción y con las mismas funciones y condiciones. «Hemos de concluir que la conducta de la empresa, en perjuicio del trabajador al computar una antigüedad tres años inferior a la real sin justificación alguna , constituye un error inexcusable en el cálculo de la indemnización que obliga a declarar improcedente el despido objetivo», sentencia la jueza en su auto. Tras haber calculado mal la indeminzación del trabajador, el TSJCLM ofrece la posibilidad de readmitir al conserje en las mismas condiciones o indeminzarlo con 15.076,47 euros atendiendo a su salario y antigüedad. El trabajador todavía puede recurrir la sentencia.














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