La Asamblea Parlamentaria del Consejo de Europa, que reúne a representantes de 46 Estados miembros, aprobó este jueves un informe que insta a prohibir las denominadas terapias de conversión dirigidas a personas LGTBI+. La iniciativa, ya vigente en algunos países como España , incorpora no obstante una enmienda relevante que aclara que determinadas intervenciones de apoyo –por parte de progenitores, instituciones religiosas organizadas o profesionales clínicos– no deben ser consideradas prácticas de conversión ni, por tanto, perseguidas legalmente. El texto, al que ha tenido acceso ABC, fue impulsado por los grupos Socialista y Verde y salió adelante con 71 votos a favor (socialistas, verdes, Partido Popular Europeo y liberales), 26 en contra (conservadores y Patriots, grupo del que forma parte Vox) y dos abstenciones. La enmienda que introduce esas salvaguardas, promovida por el Partido Popular Europeo, contó con el respaldo unánime de los grupos y fue aprobada por 97 votos. La resolución, titulada «Para prohibir las terapias de conversión», subraya que «es crucial garantizar que la prohibición de estas prácticas sea adoptada por todos los Estados miembros del Consejo de Europa, con el fin de evitar vacíos en su aplicación transfronteriza». El informe define las prácticas de conversión como aquellas intervenciones destinadas a cambiar, reprimir o suprimir la orientación sexual , la identidad de género o la expresión de género de las personas LGTBI+. El texto sostiene que estas prácticas, «por su carácter discriminatorio, degradante, dañino y fraudulento», han sido calificadas como tortura por Naciones Unidas y recuerda que ya están prohibidas en un número creciente de países. «La Unión Europea desempeña un papel clave en la protección de los derechos fundamentales y debe adoptar medidas para combatir todas las prácticas inhumanas», señala el informe, que plantea a la Comisión Europea la posibilidad de promover una directiva que incluya las prácticas de conversión en la lista de eurodelitos o de modificar la actual Directiva de Igualdad de 2008 para incorporar expresamente su prohibición. Junto a ello, la enmienda aprobada precisa que «la prohibición de las prácticas de conversión no debe limitar las intervenciones de apoyo por parte de los progenitores, las instituciones religiosas organizadas o los profesionales clínicos cualificados que presten servicios de atención sanitaria a adultos, jóvenes y/o niños, ni limitar su independencia, siempre y cuando dichas intervenciones no intenten cambiar, reprimir o suprimir a las personas». Asimismo, el texto añadido subraya que padres, tutores, educadores, trabajadores sociales y profesionales de la salud que actúen sin coerción ni abuso no deben quedar expuestos a sanciones penales o punitivas por expresar desacuerdo, ejercer su criterio profesional o prestar apoyo no directivo. Este matiz resulta especialmente relevante en países donde las terapias de conversión ya están prohibidas, como España, donde la normativa ha sido invocada en ocasiones para intentar perseguir intervenciones públicas críticas con los postulados del activismo LGTBI. En este contexto se enmarca la investigación abierta el pasado noviembre por la Fiscalía Provincial de Madrid contra el obispo de Orihuela-Alicante, José Ignacio Munilla, a raíz de una denuncia presentada por una asociación que consideraba que varias de sus intervenciones públicas sobre las denominadas «terapias de conversión sexual» podían ser constitutivas de un delito de odio. La entidad denunciante sostenía que el prelado, durante un programa de Radio María, había afirmado que « se amenaza a los psicólogos que acompañen a personas con inclinaciones homosexuales […] si el acompañamiento tiene algún viso de ayudarles a reconducir sus atracciones», y que «se llama terapia de conversión a cualquier acompañamiento a una persona para que pueda sanar heridas interiores y vivir la virtud de la castidad como todo cristiano». Munilla defendió desde el primer momento el derecho de la Iglesia a acompañar pastoralmente a personas homosexuales que optan por vivir en castidad y negó que sus palabras promovieran prácticas prohibidas. Un planteamiento alineado con la enmienda ahora aprobada por el Consejo de Europa y que, finalmente, también ha sido asumido por la Fiscalía de Madrid, que esta semana acordó archivar las diligencias abiertas al no apreciar indicios de delito en sus manifestaciones, según ha explicado el propio obispo en su cuenta de X.