Proyecto contra delincuencia organizada requiere de 38 votos, dice la Corte
El pronunciamiento es una respuesta a una consulta solicitada por los diputados, los cuales terminaron el miércoles de discutir más de 500 mociones que estaban pendientes de resolver sobre este texto.
Los magistrados de la Corte Plena declararon este jueves que el proyecto de reforma a la Ley contra la Delincuencia Organizada incide en la organización y el funcionamiento del Poder Judicial, por lo que, en su criterio, requiere de 38 votos para ser aprobado en la Asamblea Legislativa.
El pronunciamiento es una respuesta a una consulta solicitada por los diputados, los cuales terminaron el miércoles de discutir más de 500 mociones que estaban pendientes de resolver sobre este texto.
El proyecto busca mejorar la redacción de la normativa vigente y las reglas sobre distribución de competencias en asuntos de delincuencia organizada, aclarando cuáles se tramitan en la jurisdicción ordinaria y cuáles en la Jurisdicción Especializada de Delincuencia Organizada (JEDO).
La iniciativa establece que los asuntos relacionados con delincuencia organizada son de acción pública y no pueden ser convertidos en delitos de acción privada.
Adicionalmente, el proyecto busca que los asuntos sobre crimen organizado tengan plazos de 24 meses y que se dupliquen los de etapa intermedia, así como los de prisión preventiva y los plazos para la continuidad y suspensión del debate, entre otros.
La iniciativa aclara a quién le corresponde nombrar el personal de la JEDO en el Ministerio Público, la Defensa Pública y el Organismo de Investigación Judicial (OIJ), así como la imposibilidad de reelegir el personal pasados ocho años.
El proyecto faculta al Ministerio Público para que, una vez esté vigente la Jurisdicción Especial, se pueda solicitar por intermedio del fiscal general o el fiscal subrogante, independientemente de la etapa procesal, que la JEDO se arrogue el conocimiento de las causas de delincuencia organizada ya existentes o en trámite.
Un transitorio del proyecto en discusión establece la obligación de las autoridades jurisdiccionales de adecuar los plazos de prisión preventiva, tanto para los asuntos en vía ordinaria con un plazo de 12 a 18 meses, y en Jurisdicción Especial, de 12 a 24 meses.