La Audiencia condena Villarejo a dos años de cárcel por revelación de secretos
La Audiencia Nacional ha sentenciado al excomisario José Manuel Villarejo a una pena de dos años de prisión por un delito de revelación de secretos, en el marco del caso relacionado con el intento de Sacyr y Pemex de hacerse con el control de Repsol. En cambio, han sido exonerados varios exdirectivos de la petrolera y de CaixaBank que también estaban imputados.
En una resolución judicial de 651 páginas, fechada el 12 de mayo y a la que tuvo acceso Efe, la sala penal desestima imponer penas a Villarejo por los delitos de cohecho y falsedad documental, reduciendo la condena solicitada inicialmente de 40 años a solo dos. La Fiscalía Anticorrupción había solicitado 40 años de prisión para Villarejo y 32 años y medio para su exsocio Rafael Redondo. Ambos han sido finalmente condenados únicamente por el delito de revelación de secretos.
El resto de los acusados, incluyendo al exdirector de Seguridad de Repsol, Rafael Araujo, su entonces adjunto Rafael Girona, y el exjefe de Seguridad de CaixaBank, Miguel Ángel Fernández Rancaño, han sido absueltos. El ministerio fiscal les atribuía distintos delitos: cohecho en sus variantes activa y pasiva, revelación de secretos con difusión a terceros por parte de funcionario público, así como falsedad en documento mercantil.
El tribunal sostiene que Villarejo operaba en un entorno completamente privado, sin implicación policial, y que los pagos recibidos correspondían a servicios prestados por su empresa, Cenyt. Asimismo, no se ha acreditado que ningún funcionario público recibiera algún tipo de compensación, motivo por el cual se descarta el delito de cohecho.
Aunque sus superiores conocieran o incluso permitieran sus acciones, señala la sentencia, Villarejo no actuaba en nombre de ninguna institución pública ni realizaba funciones de interés general. En ningún momento, subraya el tribunal, se le asignó una tarea vinculada a su rol como comisario activo del Cuerpo Nacional de Policía.
Algunas de las actividades que llevó a cabo para las empresas —como demostrar que un consejero se ausentó de una reunión para acudir a un partido de fútbol— son más propias de un investigador privado que de un funcionario policial, según el fallo. Pese a que el tribunal confirma que Villarejo accedió a registros de llamadas del entonces presidente de Sacyr, Luis del Rivero, su esposa y otras personas, no se ha probado que compartiera esa información con Repsol o CaixaBank.
En cuanto al delito de falsedad documental, la Sala concluye que los documentos no fueron fabricados, sino que simulaban reflejar la totalidad de los trabajos o pagos, sin ser exhaustivos. Las certificaciones y facturas contenían información veraz, pero incompleta, lo que genera una falta de fidelidad contextual más que una falsedad directa. Por tanto, dichas facturas no representan operaciones ficticias, sino que son documentos reales que no inducen a engaño respecto al contenido esencial de la operación comercial.