El Real Betis ha quedado absuelto ante la demanda planteada por Mediaset por emitir en el estadio Benito Villamarín la final de la Copa del Rey de 2022. El operador televisivo reclamaba 91.000 euros de indemnización al considerar que el club había infringido sus derechos audiovisuales y de propiedad intelectual al instalar una pantalla gigante en el coliseo heliopolitano para que los seguidores que no pudieron acudir a la Cartuja vivieran juntos el partido. La sección Primera del Tribunal de Instancia Mercantil de Sevilla desestimó la demanda de Mediaset España Comunicación y considera absuelto al Betis en una resolución que señala que Mediaset demandó para que se declarara que había infringido derechos audiovisuales y de propiedad intelectual en la retransmisión en directo del partido que consideraba «sin autorización» y «cobrando entrada». Mediaset pidió que se condenara al Betis a indemnizarle con 91.084 euros por los daños y perjuicios causados. El club verdiblanco defendió en todo momento que su actuación fue «perfectamente legal», al contar con la autorización de la Federación Española de Fútbol y que «carecía en absoluto de ánimo de lucro» ya que lo recaudado fue destinado a UNICEF. El juzgado señala en su escrito que el Betis instaló la pantalla gigante dentro su propiedad y recuerda que sólo puede considerarse espacio publico aquel donde todas las personas tienen derecho a estar y a transitar por ser «común, abierto no adscrito a una edificación». Y añade que no corresponde a Mediaset España la condición de productor de la grabación audiovisual y que los términos del contrato de cesión de derechos audiovisuales con la Real Federación Española de Fútbol son claros. De esta forma, cree que está «fuera de lugar» que pueda reclamar el ejercicio de derechos originarios como productor audiovisual «al no ostentar tal condición». Entiende el juzgado que el Betis realizó una «simple conexión» de la señal de televisión a una pantalla gigante: «Nos encontramos ante un evento al que se va acceder de modo análogo o similar a un acceso libre y gratuito, pues la entidad Real Betis Balompié efectuó el cobro de una entrada a los solos efectos de orden público y ordenación de las personas que pudieran acudir al estadio de su propiedad». Además, todo esto se añade a la cantidad qu de dos euros por entrada que el juez considera «irrisoria». Por todo ello el juzgado impone las costas a Mediaset y absuelve al Betis de todos los procedimientos en su contra, aunque aún cabe apelación.
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