Existen 13.502 apartamentos ofertados en la ciudad de Madrid, según los últimos datos, ofrecidos por el Área de Gobierno de Urbanismo, Medio Ambiente y Movilidad. Y sólo 1.008 tienen el permiso urbanístico necesario para poder operar. Es decir, el 92'52 por ciento son ilegales. Para frenar este notable incremento de pisos turísticos que operan de manera ilegal y sin permiso en la capital, José Luis Martínez-Almeida anunció en abril un «plan de acción» que consistió en congelar la concesión de licencias durante un año, hasta abril de 2025, y endurecer las multas, que pueden alcanzar los 190.000 euros. Desde entonces, Cibeles prepara su nueva normativa para frenar la proliferación de este tipo de apartamentos. Y hoy, Almeida ha anunciado en el Pleno de la ciudad las líneas maestras de la futura ordenanza que regulará estas viviendas. «En dos semanas vamos a presentar un plan especial de protección del ámbito residencial en Madrid que pretende aumentar la disponibilidad de vivienda en el centro y regular definitivamente las viviendas de uso turístico», ha detallado el regidor. En marzo de 2019 el Gobierno de Manuela Carmena aprobó un Plan Especial de Hospedaje (PEH) con el propósito de acabar con más de 10.000 alojamientos. Una normativa «absolutamente ineficaz», expresó en abril el alcalde, puesto que aquel plan no consiguió evitar su proliferación y «el impacto negativo que su expansión provoca en el turismo y en la convivencia de los vecinos». ¿Qué ha cambiado desde entonces y cómo está actualmente la situación en la ciudad de Madrid? Actualmente se encuentran suspendidas temporalmente, hasta que el ayuntamiento apruebe la Modificación del Plan General, la otorgación de nuevas licencias para las Viviendas de Uso Turístico (VUT) en dos tipos de usos: para uso residencial, se suspenden las licencias para VUT dispersas y las licencias para la transformación de local a vivienda en los ejes comerciales del distrito de Centro -que cuenta con 158 alojamientos de este tipo, es decir, el 15'67 por ciento del total- y en edificaciones distintas al ámbito residencial que se sitúen en planta baja. El consistorio no dispone de una normativa específica para sancionar los pisos turísticos, y las multas se acogían, anteriormente, a un proceso administrativo. Primero, se ordenaba el cese de la actividad, y si el propietario no acataba la orden municipal y seguía operando de forma ilegal, se le imponía multas coercitivas de 1.000, 2.000 y 3.000 euros. Ahora, el ayuntamiento se acoge a la Ley del Suelo de la Comunidad de Madrid, que tipifica como infracción grave la implantación de un uso incompatible con la ordenación urbanística. Primero, se avisa al propietario que cese de inmediato la actividad. En caso de incumplimiento, sanción firme de 30.001 euros. Si continúa la actividad irregular, se le multará con una segunda sanción de 60.001 euros. Y si esta persiste, será sancionado con 100.001 euros. Estas multas son acumulativas , por eso, un infractor se puede enfrentar a un monto de 190.003 euros. El pasado 6 de octubre, el Tribunal Supremo dictó dos sentencias en las que declaró que las comunidades de propietarios pueden prohibir esta actividad, antes de que un particular o empresa pueda instalar un piso turístico en un bloque, mediante acuerdos adoptados en junta por mayoría de tres quintos. El regidor ha anunciado esta mañana que se van a prohibir las viviendas de uso turístico diseminadas en comunidades de propietarios en el centro histórico (en el ámbito APP 0.01). Además, van a permitir la transformación de edificios dotacionales de uso privado en residenciales siempre que sean para viviendas de carácter asequible o 'coliving'. Además, permitirán el incremento de edificabilidad en parcelas cuyo uso sea distinto al residencial para transformarlos viviendas y «prohibirán la transformación de edificios comerciales en viviendas de uso turístico para preservar la identidad de los barrios y para preservar el pequeño y mediano comercio», explicó.