Diputados busca avanzar en una nueva regulación de los DNUs de Milei
Los integrantes de dos comisiones parlamentarias podrían emitir hoy varios dictámenes para tratar en el recinto el proyecto que re-regula la emisión de los Decretos de Necesidad y Urgencia del Poder Ejecutivo.
Desde las 17 y hasta las 19:30, los diputados que conforman las comisiones de Asuntos Constitucionales y de Peticiones, Poderes y Reglamento escuchan la exposición de los expertos en derecho constitucional y se espera que, al finalizar la actividad, se den a conocer los dictámenes que serían tratados en una próxima sesión de la Cámara Baja.
Las exposiciones se refirieron, básicamente, a tres aristas de los DNUs. En primer término, se habló de poner un "plazo" para el tratamiento en el Congreso de lo que firmara el jefe de Estado y que una vez agotado significaría la pérdida de validez de la norma. Por otra parte, que alcance con el voto negativo de una sola Cámara para rechazarlo y, finalmente, que el efecto sea el de la nulidad y no el de la simple derogación.
El abogado y docente Alejandro Gil Domínguez se expresó a favor de que el plazo de la intervención sea "breve, 30 a 60 días". Dijo que los para ser validados, los DNUs deberían ser ratificados por ambas camaras y que alcanzaría con el voto en contrario de una para rechazarlo.
Por su parte, el también docente Gustavo Ferreira señaló que la Constitución de 1863 inauguró un presidente fuerte y en 1994 se creó la figura de un "mono-presidente, una persona encerrada en si mismo que tiene habilitación legislativa para decidir todo aquello que se de la gana".
"La habilitación legislativa, son el hecho maldito de la constitución del 94. Instituyen la ruina de la separación de poderes. Es un producto altamente venenoso para la separación de poderes del Estado", señaló.
Dijo que el plazo para revisar un DNU tiene que ser de 30, 60 o 90 días y aclaró que cuando un decreto, caiga "por el tiempo, o por el rechazo, no existió nunca, es la nada jurídica, no hay manera de levantarlo o convalidarlo".
La semana pasada, el procurador del Tesoro de la Nación, Rodolfo Barra, fue el representante del Gobierno en el plenario y enfatizó que la facultad de emitir decretos está estipulada en el artículo 99 de Constitución Nacional, y remarcó que la valoración de las circunstancias excepcionales que justifican su dictado es "política".
No obstante, reconoció que "podría haber contradicción entre la opinión del presiente y el Congreso". En defensa de la herramienta, dijo que la Constitución "pone en manos del presidente" el DNU a fin de "tratar de incentivar al Congreso para que legisle frente a determinados casos de urgencia".
El diputado Nicolás Mayoraz (La Libertad Avanza) había dado inicio al encuentro pidiendo disculpas a los presentes por no poder ofrecer "ni café ni agua" y anunció que el plazo máximo de desarrollo será hasta las 19:30 para permitir a los trabajadores del Congreso regresar con normalidad a sus casas en medio del paro lanzado por los gremios del transporte.
El proyecto buscan invertir la lógica de la ley 26.122/2006 por la cual un decreto, para ser derogado por el Congreso, tiene que ser rechazado por ambas cámaras legislativas. La idea de la oposición es que alcance con el rechazo de una sola cámara para dejar sin efecto el decreto, y además se apunta a poner un plazo perentorio de vigencia del DNU después del cual pierde vigencia.
Desde el 10 de diciembre, diversos decretos del presidente Javier Mieli han sido cuestionados por el Congreso, todos con diversa suerte: el 70/2023 tuvo el rechazo del Senado pero nunca fue tratado en Diputados, mientras que el que aumentaba los fondos para la SIDE sufrió la votación en contra de ambas cámaras.
El debate no es menor porque se busca poner reemplazar a un régimen que se instaló hace 18 años, cuando se aprobó la Ley 26.122 a instancias de la entonces senadora Cristina Kirchner, quien buscaba consagrar un mecanismo cerrojo para evitar que la oposición al gobierno de su marido, Néstor Kirchner, pudiera voltear los DNU.